Las Ilegalidades en la Ordenanza de Bilbao sobre Protección Animal: Contraviene la Ley 7/2023
Desde FdCATS hemos solicitado un informe a la Dirección General de Derechos de los Animales sobre la Ordenanza de Bilbao, basada en la de EUDEL, y en base a ello comunicamos lo siguiente:
La prevalencia de la normativa básica estatal se encuentra recogida en Sentencias del Tribunal Constitucional en lo que respecta a la competencia de bases y coordinación general de la sanidad (SSTC 32/1983, FJ 2; 42/1983, FJ 5; 15/1989, FJ 3; 22/2012, FJ 7), y en la de Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, en la STC 148/2011, de 28 de septiembre.
La Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de Animales de Compañía en Bilbao presenta múltiples irregularidades en relación con la Ley 7/2023, de 28 de marzo. Según el informe emitido por la Dirección General de Derechos de los Animales, esta normativa local contradice en diversos puntos el marco estatal básico, vulnerando los derechos y el bienestar de los animales y, en consecuencia, incurriendo en ilegalidades que requieren una urgente rectificación.
- Gestión Limitada de Colonias Felinas
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, establece un sistema de gestión para todos los gatos comunitarios, estén ubicados en núcleos de población o no y en toda circunstancia, por lo que la definición no puede marcar esta diferencia respecto a la de normativa básica.
Asimismo, la Ordenanza restringe la gestión de colonias felinas a espacios públicos reconocidos por el Ayuntamiento y excluye áreas como hospitales o centros educativos. Sin embargo, la Ley 7/2023 establece que:
- La gestión debe abarcar todos los gatos comunitarios, independientemente de si habitan espacios públicos o privados.
Esta restricción en la gestión de colonias felinas contraviene el mandato estatal, el cual obliga a las administraciones locales a garantizar la protección y el control poblacional de todos los gatos comunitarios.
- Falta de Concordancia con el Método CER
Aunque se menciona el método CER (Captura, Esterilización y Retorno) para el control poblacional de gatos comunitarios, su aplicación se limita a colonias reconocidas por el Ayuntamiento y no incluye a todos los gatos comunitarios como exige la Ley 7/2023. Esto deja sin amparo legal a un número significativo de animales.
- Definiciones Incorrectas: Animales Extraviados y Abandonados
La Ordenanza de Bilbao redefine los conceptos de «animal extraviado» y «animal abandonado» de forma que contradice lo dispuesto en la Ley 7/2023:
- Animal Extraviado: Mientras que la Ley exige que el extravío sea comunicado por el titular para ser reconocido como tal, la Ordenanza omite esta condición clave.
- Animal Abandonado: La definición de Bilbao no contempla el tratamiento específico que la Ley otorga a estos animales, ignorando detalles importantes como el estatus de los gatos comunitarios, que explícitamente están excluidos de esta categoría por la normativa estatal.
Estas discrepancias alteran significativamente el tratamiento legal y las sanciones aplicables, contraviniendo los principios de la Ley 7/2023.
- Sacrificio Animal: Motivos Prohibidos
El texto municipal introduce nuevas razones para el sacrificio de animales, como la protección del patrimonio artístico o arquitectónico, que no están contempladas en la Ley 7/2023. Esta práctica contraviene el principio de prohibición general del sacrificio contemplado en la ley nacional.
- Regulación de Cría de Animales
La Ordenanza aborda la cría de animales de compañía entre particulares, un ámbito que corresponde exclusivamente a la legislación estatal. Este intento de regulación local vulnera el principio de competencia legislativa recogido en la Constitución Española.
- Discrepancia con los Perros de Asistencia
En la Ordenanza, los perros de asistencia se incluyen en una categoría que los exime de ciertos derechos recogidos en la Ley 7/2023. Esto genera un conflicto con la normativa básica, que protege de manera integral a estos animales.
- Permiso para el Uso de Collares Eléctricos
La Ordenanza permite el uso de collares eléctricos bajo supervisión profesional y autorización veterinaria. Sin embargo, la Ley 7/2023 prohíbe tajantemente su uso en cualquier circunstancia, al considerarlo una práctica que causa sufrimiento innecesario al animal.
Conclusión: La Necesidad de Rectificar
Las discrepancias entre la Ordenanza de Bilbao y la Ley 7/2023 no son meras diferencias interpretativas, sino transgresiones claras. La prevalencia de la normativa básica estatal, como reiteran varias sentencias del Tribunal Constitucional, exige que las ordenanzas municipales se alineen plenamente con los preceptos de la Ley 7/2023.
Desde FdCats, instamos al Ayuntamiento de Bilbao a modificar su normativa para cumplir con la legislación estatal. Garantizar la protección y el bienestar de los animales no solo es un deber legal, sino también un compromiso ético con nuestra sociedad y con los seres vivos que forman parte de ella.
Puedes ver el Informe de la Dirección General de Derechos de los Animales aquí
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